El actuar del alcalde de Ures, Gastón Rodríguez, cada vez se parece más a una escena de La ley de Herodes, la célebre película de Luis Estrada. Todo indica que aplica a los pobladores de este municipio la frase clásica del filme: “O te chingas o te jodes.”
Lo lamentable es que, esta vez, el alcalde no se la aplicó a los ciudadanos, sino al patrimonio documental de este pueblo mágico.
El archivo histórico de Ures, ese que guarda en letras amarillentas los rastros de su pasado, amaneció un día en el patio del Palacio Municipal, entre el polvo y el sol. Cajas con documentos antiguos, algunos de valor histórico incalculable, fueron movidas por orden del alcalde, sin respetar los protocolos de conservación ni las medidas técnicas establecidas por ley.
La acción se realizó, además, mientras la directora del archivo municipal se encontraba fuera del municipio, lo que agrava la situación. Con ello, el Ayuntamiento vulneró de forma directa las disposiciones de la Ley General de Archivos y de la Ley de Archivos del Estado de Sonora, que obligan a los servidores públicos a preservar y proteger los documentos bajo su custodia.
El traslado sin cuidado
De acuerdo con la denuncia de la cronista municipal, Dra. Delia Piña, el personal del Ayuntamiento movió decenas de cajas con documentos antiguos al patio de las instalaciones, donde quedaron expuestos a la humedad, el calor y el polvo. El traslado se realizó sin registro de inventario, sin condiciones de embalaje y sin supervisión técnica.
Estos archivos contienen actas, oficios y documentos de los siglos XIX y XX, piezas fundamentales para la memoria histórica de Ures, Pueblo Mágico y primera capital del Estado de Sonora.
Implicaciones legales
En una revisión del marco legal del tema, las leyes son claras. El artículo 15 de la Ley General de Archivos establece que los titulares de los sujetos obligados, en este caso, el alcalde, son responsables directos de la conservación y resguardo de los archivos públicos.
El artículo 27 de la Ley de Archivos del Estado de Sonora señala que el traslado o manipulación de documentos con valor histórico debe realizarse siguiendo medidas técnicas específicas, con control ambiental, embalaje y registro.
Además, el artículo 102 de la misma ley advierte que cualquier daño, pérdida o alteración de documentos públicos, ya sea intencional o por negligencia, puede derivar en responsabilidad administrativa, civil o penal.
En términos jurídicos, el hecho podría configurarse como falta administrativa grave e incluso abuso de autoridad, de acuerdo con el Código Penal del Estado de Sonora, si se acredita el daño o el riesgo al patrimonio histórico-documental del municipio.
Patrimonio en riesgo
El archivo municipal de Ures no es un cúmulo de papeles viejos: es un bien cultural, parte del patrimonio histórico sonorense, protegido también por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.
Por ello, su daño o descuido puede considerarse una afectación al patrimonio nacional, lo que faculta la intervención del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) y del Archivo General del Estado de Sonora.
Ciudadanía vigilante
Cronistas, investigadores y defensores del río han expresado su preocupación por el manejo arbitrario de los documentos, y piden que se investigue la actuación del alcalde Gastón Rodríguez, además de que se restituyan los archivos a condiciones seguras y se establezcan protocolos de conservación certificados.
Ante esta situación, corresponde a la Contraloría Estatal y al Instituto Sonorense de Transparencia (ISTAI) abrir una investigación administrativa, dado que el alcalde no sólo incumplió normas de archivo, sino que aprovechó la ausencia de la responsable del área para ordenar el movimiento.
Entre el olvido y la intemperie
En un municipio que presume su historia, resulta paradójico que sea su propio gobierno quien exponga su memoria al sol y al descuido.
Los archivos, al fin y al cabo, son la voz escrita del pasado. Sin ellos, la historia se disuelve en polvo; y lo que queda no es olvido, sino negligencia oficial.
